“La acción contenciosa administrativa iniciada por un grupo de afectos del oficialismo ante el Juzgado Ordinario del municipio Junín, en contra de la Alcaldía de Junín y la actual gestión, ha quedado desistida por la ausencia de los demandantes”.
Así lo dio a conocer Yobel Sandoval, Alcalde del municipio Junín, quien señaló que esta acción la iniciaron afectos al oficialismo, quienes alegaban que la Municipalidad no recoge la basura y con ello promovía los bloqueos de vía por parte de manifestantes, que desde hace meses protestan contra el gobierno nacional.
Indicó el Primer Mandatario Municipal, que desde primeras horas del día se hizo presente ante el Tribunal en compañía de la Síndico Municipal, Clemi Niño para asistir a esta audiencia, pero en ningún momento se hicieron presentes estos señores que demandaron a la Alcaldía.
“Es así como la Juez de la causa, luego de esperar el lapso establecido en la Ley que rige la materia y ante la no presencia de los demandantes declaró desierta la audiencia y por consiguiente cerrada la pretensión de demanda de estos ciudadanos en contra de la Alcaldía de Junín y de mi persona”.
Resaltó el Alcalde de Junín, que siempre la gestión municipal cumple lo pertinente con la recolección del aseo urbano, “a pesar de la situación de la escases de gasoil, así como los repuestos, cauchos para mantener operativas la unidades, la Administración ha hecho grandes esfuerzos presupuestarios para mantener operativos los camiones recolectores”.
“Esta acción iniciada por estos políticos que buscan perjudicar la administración se cayó por su propio peso, pues ellos no tenían ningún tipo de pruebas que involucraban nuestra gestión, pues es evidente ante los ojos de los junienses de que eso no ha sido así, que la gestión hace todos los esfuerzos para mantener la jurisdicción limpia, ya que cumplimos con nuestro deber y con lo que ordena la Ley de Régimen Municipal de atender todo lo que tiene que ver con el aseo urbano municipal”, manifestó Yobel Sandoval.
Dijo Sandoval, que esta acción interpuesta por estos dirigentes del Psuv tenían fines electores, pues los demandantes son los candidatos de esta organización política a la Asamblea Nacional Constituyente que adelanta el gobierno nacional.
Por su parte, Clemi Niño, Síndico Municipal de Junín, indicó que la decisión de la Juez de declarar desistida la acción se basó en el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo.
Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo: Sección Tercera, Procedimiento Breve… “Artículo 70.—Audiencia oral. Recibido el informe o transcurrido el término para su presentación, el tribunal dentro de los diez días de despacho siguientes, realizará la audiencia oral oyendo a las partes, a los notificados y demás interesados. Los asistentes a la audiencia podrán presentar sus pruebas.
Si el demandante no asistiere a la audiencia se entenderá desistida la demanda, salvo que otra persona de las convocadas manifieste su interés en la resolución del asunto.
Agregó la Síndico Municipal, que durante el acto de la audiencia, la Juez preguntó a los representantes de los Consejos Comunales presentes si alguien quería continuar con la acción y ante el silencio de quienes se encontraban allí, no le quedó otra salida que declarar la acción desistida.